Este año nos tocan Elecciones para el
Consejo Escolar.
El número de miembros que componen el Consejo Escolar en cada centro será proporcional al número de alumnos y está establecido claramente en la normativa vigente.
El
Consejo Escolar es el órgano de participación en
el control y gestión del centro de los distintos sectores que constituyen la
comunidad educativa: dirección, ayuntamiento, personal laboral, profesores,
alumnos y padres.
Este curso hay que cubrir una
plaza de los representantes
de padres/madres que puede ser cubierta por
cualquier padre/madre del Centro que voluntariamente se ofrece y se presenta a
las elecciones.
También hay que cubrir dos plazas
de los representantes
de alumnos. Es importante que se presenten varios
candidatos en los dos sectores, para que siempre haya una lista de suplentes,
de manera que, en caso de que quien es elegido se dé de baja o dimita, no haya
nunca vacantes en la representación de los padres y en la de los alumnos.
La votación
en nuestro IES para para elegir a los representantes de padres y alumnos será los siguientes días:
- Representantes
de padres
24 DE NOVIEMBRE
(15:30h. a 19:00h.) y saldrá elegido/a la persona
que obtengan más votos. Los demás candidatos/as, pasarán a ser suplentes en
orden de número de votos obtenidos.
- Representantes
de alumnos
será el día 23 DE NOVIEMBRE (10:10h. a 13:00h.), en este caso saldrán elegidos/as las dos personas
que obtengan más votos. Los demás candidatos/as, pasarán a ser suplentes
en orden de número de votos obtenidos.
Pertenecer al Consejo Escolar
es una labor muy importante porque es el mayor vínculo que tenemos con los órganos
directivos del Colegio. Si bien la última Ley de Educación ha restado bastante
poder a los representantes de las familias, es el lugar en el que poder al
menos enterarnos de ciertas decisiones y acciones a las que, de otra forma,
quizás no tendríamos acceso. Además, es el lugar donde exponer ideas, dudas,
quejas y demás cuestiones y que como mínimo sean oídas y recogidas en acta.
Más información sobre el Consejo Escolar
¿QUIÉN COMPONE EL CONSEJO ESCOLAR?
a) El
Director del centro, que será su Presidente.
b) El
Jefe de Estudios.
c)
Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle
radicado el centro.
d) Un
número de profesores, elegidos por el Claustro, que no podrá ser inferior a un
tercio del total de los componentes del Consejo.
e) Un
número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que
no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.
f)
Un representante del personal de administración y servicios del centro.
g) El
Secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin
voto.
El número de miembros que componen el Consejo Escolar en cada centro será proporcional al número de alumnos y está establecido claramente en la normativa vigente.
Además, en los centros específicos de educación
especial y en aquellos que tengan aulas especializadas, formará parte también
del Consejo Escolar, un representante del personal de atención educativa
complementaria.
Los centros que imparten enseñanzas de formación
profesional específica o enseñanzas artísticas pueden incorporar, si así lo
regula la Administración, representantes de organizaciones empresariales o
instituciones laborales del ámbito del centro.
¿CUALES SON
SUS FUNCIONES?
a) Formular propuestas al equipo directivo
sobre la programación anual del centro y aprobar el proyecto educativo, sin
perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la
planificación y organización docente.
b) Elaborar informes, a petición de la
Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y sobre aquellos
otros aspectos relacionados con la actividad del mismo.
c) Participar en el proceso de admisión de
alumnos y velar para que se realice con sujeción a lo establecido en esta Ley y
disposiciones que la desarrollen.
d) Aprobar el reglamento de régimen
interior del centro.
e) Conocer la resolución de conflictos
disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a
la normativa vigente.
f) Aprobar el proyecto de presupuesto del
centro y su liquidación.
g) Promover la conservación y renovación
de las instalaciones y equipo escolar.
h) Proponer las directrices para la colaboración,
con fines educativos y culturales, con otros centros, entidades y organismos.
i) Analizar y valorar el funcionamiento
general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la
evaluación que del centro realice la Administración educativa.
j) Ser informado de la propuesta a la
Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo
directivo.
k) Proponer medidas e iniciativas que
favorezcan la convivencia en el centro.
l) Cualesquiera otras que le sean
atribuidas por la Administración educativa.
CONVOCATORIAS DEL CONSEJO
El Consejo
Escolar se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo
convoque el Director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo
caso, será preceptiva, además, una reunión a principio de curso y otra al final
del mismo. La asistencia a las sesiones es obligatoria para todos sus miembros.
ELECCIÓN Y RENOVACIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR
El procedimiento de elección de los miembros
del Consejo Escolar se desarrollará durante el primer trimestre del curso
académico. El Consejo Escolar se renovará por mitades cada dos años de forma
alternativa.
Los miembros de la comunidad educativa sólo
podrán ser elegidos por el sector correspondiente y podrán ser candidatos para
la representación de uno sólo de dichos sectores, aunque pertenezcan a más de
uno. A efectos de organización del procedimiento de elección, se constituirá en
cada centro una junta electoral.
Documentos de interés:
- CIRCULAR
DE LA VICECONSEJERÍA DE EDUCACIÓN NO UNIVERSITARIA, JUVENTUD Y DEPORTE SOBRE LA
CONSTITUCIÓN Y RENOVACIÓN DE LOS CONSEJOS ESCOLARES DE LOS CENTROS DOCENTES
SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS (CURSO 2016/2017) Descarga PDF
- Orden de 28 de febrero de 1996, por la que se
regula la elección de los Consejos Escolares y Órganos Unipersonales de
Gobierno de Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Decarga PDF
Comentarios
Publicar un comentario